Reglamento General | REGLAMENTO GENERAL |
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REGLAMENTO GENERAL DE PARTICIPACIÓN 1.- INSCRIPCIÓNDeberá formalizarse a través del formulario de participación, refiriéndose a las formas de pago que aparecen en el mismo. En caso de nohacerse efectivo el pago en los plazos establecidos, el expositor perderá todos los derechos sobre el espacio reservado, pasando dicho espacio a disposición de EL ORGANIZADOR. No se autorizará la ocupación que no haya sido cancelado. 2.- FORMA DE PAGO El pago del stand se realizará mediante cheque a favor de EL ORGANIZADOR con cruce al primer beneficiario. En cualquier caso el expositor debe cancelar la totalidad del stand antes de iniciar el montaje del espacio. 3.- ACEPTACIÓN DE PARTICIPACIÓN La aceptación de participación queda reservada a EL ORGANIZADOR, que podrá rechazar aquellas solicitudes que a su criterio no se ajusten a las finalidades del evento. Si la solicitud no pudiera ser admitida por las razones arriba expuestas, EL ORGANIZADOR devolverá los montos abonados. 4.- RENUNCIA DEL EXPOSITOR La renuncia del expositor a su participación motiva la pérdida de la cantidad abonada. Si su renuncia se efectúa en los 30 días anteriores a la inauguración del evento, le podrá ser exigido el pago total de su espacio, aún cuando éste pueda ser ocupado posteriormente por otro expositor. 5.- RESPONSABILIDAD, RESERVA El expositor será responsable de los riesgos relacionados con las mercancías que exhiba, de los riesgos y responsabilidad civil del personal o empleados que haya contratado. Los expositores dejarán los stands y equipamiento en las condiciones en que los recibieron. Todos los deterioros causados por el expositor o sus representados serán arreglados a su cargo. EL ORGANIZADOR no será responsable de las pérdidas, daños o gastos ocasionados por huelgas, accidentes, fuerza mayor o cualquier otra causa fuera de su control, si cualquiera de los servicios de su competencia fallarán total o parcialmente, EL ORGANIZADOR declina toda responsabilidad sobre las pérdidas o daños de los productos exhibidos u otras propiedades del expositor. Se recomienda por tanto CONTRATAR LOS SEGUROS PERTINENTES. EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de cambiar si fuera necesario por causa justificada el lugar y la fecha del evento. En cuyo caso el acuerdo de participación seguirá siendo válido siempre que el expositor sea informado con 30 días de antelación, quedando EL ORGANIZADOR eximido de toda responsabilidad. EL ORGANIZADOR por causa justificada se reserva el derecho de reubicar al expositor, así como cualquier otro cambio estructural necesario, sin derecho a indemnización o compensación por parte del expositor. Si por cualquier causa, no pudiera celebrarse el evento, los expositores sólo tendrán derecho a la devolución de su dinero hasta la fecha abonado, sin ninguna otra indemnización. EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de admisión y podrá establecer nuevas disposiciones si las condiciones de admisión y participación no son cumplidas. EL ORGANIZADOR podrá establecer nuevas disposiciones impuestas por las circunstancias para la buena marcha de la exposición, dándoles a conocer a los expositores incluso verbalmente. 6.- LIQUIDACIÓN DE GASTOS La liquidación total de los gastos adicionales producidos durante el evento será condición indispensable para retirar el material (mobiliario, objetos e instalaciones) de su correspondiente espacio. 7.- GENERALIDADES El expositor deberá tener asegurado a su personal contra accidentes, así como cubrir los seguros sociales, impuestos y demás obligaciones laborales y fiscales previstas en la legislación vigente, declinando la organización del evento cualquier posible reclamación o incidencia sobre estos asuntos. 8.- MANEJO DE MERCANCÍA La mercancía a exhibir será la que se haya detallado en el contrato de participación y haya sido admitida por EL ORGANIZADOR. La entrada de mercancía durante el evento deberá realizarse fuera del horario de apertura al público, así como también la limpieza del área de exposición. No se permitirá la entrada ni salida de mercancías durante el horario que la exposición esté abierta al público visitante. 9.- DE LOS PRODUCTOS EXPUESTOS Se prohibe terminantemente depositar o exponer en los stands e instalaciones de la feria, materias peligrosas, inflamables, explosivas o insalubres, que desprendan malos olores o en general, aquellas que puedan molestar a los demás expositores y público visitante. La custodia de las instalaciones y productos correrá y estará a cargo de su personal particular. La exhibición de maquinaria en funcionamiento exigirá la previa autorización de EL ORGANIZADOR, autorización que sólo será considerada cuando no constituya un peligro o una molestia grave para las instalaciones y para el público en general. Estas instalaciones deberán estar suficientemente protegidas para evitar accidentes. 10.- VIGILANCIA Y SEGURIDAD La Feria establecerá dentro del recinto, un servicio de orden y vigilancia general, pero declina toda responsabilidad sobre los daños y perjuicios que por accidentes meteorológicos, humos, robo o cualquier hecho de la naturaleza que sea, pudieran ocasionarse a las instalaciones y bienes de cuantos particulares, entidades y organismos participen en aquella. Los expositores serán responsables de los daños que por acción propia, la de su personal o sus instalaciones puedan causar a terceros. Los expositores quedan en libertad de asegurarse contra los citados riesgos por el sistema que estimen convenientemente. 11.- APERTURA Y CIERRE DEL STAND Los expositores deberán mantener abiertos al público sus pabellones o stands durante todo el período de la feria, con el horario fijado por EL ORGANIZADOR. 12.- CATÁLOGO OFICIAL. PUBLICIDAD El catálogo oficial será editado por EL ORGANIZADOR, quien se reserva todos los derechos de publicidad de la misma. La propaganda impresa y objetos de cualquier clase que sean, se distribuirán por los expositores exclusivamente en el interior de sus stands y se referirán a artículos o servicios expuestos o aprobados por EL ORGANIZADOR. 13.- PROHIBIDO FUMAR Está prohibido fumar en los pabellones por razones de seguridad. 14.- MEDIACIÓN DE CONTROVERSIAS Toda controversia o diferencia derivada de este contrato y de su ejecución, interpretación o liquidación, será resuelta con la asistencia de un mediador de la Cámara de Comercio de Quito. Si el conflicto no fuere resuelto en esta instancia, las partes se someten a los Tribunales de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Quito y al procedimiento arbitral establecido en la Ley de Arbitraje y Mediación. |
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